Hace unos días, tuve conocimiento de las recientes actividades del que fuera principal impulsor de Revelance, la controvertida empresa distribuidora de productos de limpieza que en su día saltara a los medios por dinámicas de sectarismo y terminara por denunciarme por pretendidas «difamaciones» a raíz de haber atendido a personas que abandonaron la empresa.
El que fuera presidente de la sociedad Revelance, Rafael Spagnuolo Dondero y su fundador, Cristóbal Valera Rodríguez, fueron condenados el pasado 11 de junio de 2013 por parte del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Torremolinos (Procedimiento 90/2011), por el impago de un vehículo de alta gama de la marca BMW. Los condenados deberán abonar la cantidad de 18.414,76 € más intereses de demora (18% anual desde noviembre de 2010).
El fallo de la sentencia declara «en rebeldía» al que fuera fundador de Revelance, Cristóbal Valera Rodríguez. Respecto al paradero de Rafael Spagnuolo -y según conversación telefónica sostenida con el abogado de la parte denunciante, Javier de Cossío Pérez de Mendoza-, no había sido aún localizado, si bien parece ser que mantiene su actividad en Málaga. Así, Rafael publicita en su blog y en distintos medios locales y provinciales su labor como doctor en estética, trabajando, entre otras técnicas, con factores de crecimiento. El letrado nos informa que la sentencia es firme y no admite recurso alguno.
Ya en el 2006, un grupo de sesenta personas presentaron una denuncia conjunta contra la sociedad Revelance, empresa dedicada supuestamente a la venta de productos de limpieza, por un presunto delito de estafa “piramidal”. La compañía también fue investigada por medios como TVE, a través del programa “Teleobjetivo”, que le dedicó varios programas donde se denunciaron las supuestas irregularidades, presentándola como una empresa piramidal y sectaria que ofertaba y prometía hacer ricos a sus distribuidores. En este programa se emitió un reportaje de investigación donde dos reporteras se infiltraron con cámara oculta, poniendo al descubierto maniobras agresivas en la captación de distribuidores, así como otras cuestiones controvertidas, como la exigencia de un pago mínimo de 900 € para entrar a formar parte de la supuesta franquicia (nivel de iniciado). Franquicia que, según programa emitido posteriormente, no existía, puesto que no había sido registrada, al menos hasta el momento de la emisión del programa.
Afectados de esta sociedad afirmaron que la “franquicia” habitual tenía tres niveles que iban desde el escalón de iniciado, que rondaba los 900€, el nivel intermedio (nivel denominado “Superior”, supuestamente, el más contratado) que rondaba los 5000€, y el nivel Máster, con una inversión de 8000€. Según algunos afectados entrevistados la admisión inicial daba derecho a un lote de productos valorados en esa misma cantidad económica, por lo cual no daba opción a beneficio económico alguno (unos 42 kgs. de distintos productos de limpieza). Además, en ese escalafón la venta sólo podía hacerse entre particulares, sin ningún margen de comisión. Para poder supuestamente obtener los cuantiosos beneficios que prometían, los franquiciados debían ascender a los distintos niveles que la empresa ofrecía, previo pago por caja de cantidades considerables. En este sentido, según indicaban, era habitual la presión del pago inmediato, haciendo mención a consignas del tipo “esta es una oportunidad única e irrepetible”, e instando a que la oportunidad de negocio tenía caducidad y debía aprovecharse. Al nuevo distribuidor se le ofertaba el pago con tarjeta de crédito o se le instaba a ser acompañado en ese momento (o al amanecer) hasta la entidad bancaria para formalizar un préstamo personal (tal como relatan testimonios y las imágenes ofrecidas por el programa Teleobjetivo de TVE).
En este mismo programa también se cuestionaron las prometidas propiedades ecológicas de los productos, con análisis de laboratorio que revelaban que algunos productos contenían sustancias químicas habituales en jabones comunes. Algunos de los denunciantes afirmaron que en las presentaciones de los productos era habitual la ingesta de algún sorbo del producto para demostrar su supuesta inocuidad y ausencia de toxicidad.
En la sociedad se instaba a dar a conocer al máximo número de personas la “oportunidad de negocio”, en buena parte para tratar de recuperar parte de lo invertido. Para ello no se presentaba el negocio como tal. Los afectados coinciden en que se les insistía en que “no hablaran del negocio ni del sector o el producto”, ya que eso «podía espantar a los nuevos». La consigna era invitar ocultando información y apelando a la confianza del invitador, a un acto organizado en un hotel. En ese momento, supuestamente se abordaba al neófito pidiendo datos privados de filiación y se les presentaba “el negocio” dentro de un ambiente festivo y fraternal, en el cual se convencía a los nuevos que estaban ante la “oportunidad de su vida”.
En estas reuniones, y según los mismos ex miembros de la compañía, se daba una información totalmente distorsionada del negocio, incluyendo la invención de notables e ingentes beneficios, mostrándose opulencia en el vestir y vendiendo un “sueño” de futuro, una especie de vida alternativa… se invitaba a formar parte de “un mundo mejor”. Así, la canción de cabecera de la web, entonces (con la denuncia retiraron la canción), tenía la siguiente letra con ritmo de salsa: «Pensamos en Revelance. Vivimos y bailamos Revelance. La confianza que debes estar Revelance: Gran oportunidad. Buscando Revelance al mundo vas a ayudar. Buscando Revelance todo va a mejorar» son los eslóganes que venden un modo de vida, y no un jabón ni un abrillantador.
Todos los entrevistados por parte de profesionales de AIIAP refirieron que su salida de Revelance vino acompañado de grandes pérdidas económicas, cuando no otras consecuencias socio-familiares y psicológicas difícilmente cuantificables. Los valorados a efectos periciales presentaban en algunos casos importantes daños psicológicos y en numerosos casos se describían rupturas familiares y de pareja que apuntaban directamente a cambios conductuales generados dentro de las “sesiones de formación” de la empresa.
En febrero del año 2012 se produjo por el Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid, a instancias del Ministerio Fiscal, el sobreseimiento provisional y archivo de la causa contra Revelance, con base en no tratarse de un asunto de su competencia penal, sino de un asunto de características civiles, en reclamación de las cantidades entregadas.