Como ya informábamos en una entrada anterior, Bélgica estaba trabajando para tipificar el delito de abuso de la debilidad de cara a hacer frente a los abusos cometidos por movimientos sectarios, siguiendo la legislación francesa que ya incluye desde hace años ese delito.
El pasado 31 de enero, la Cámara de Diputados del Gran Ducado de Luxemburgo, votó a favor de la introducción de esta figura penal, quedando ratificada tal decisión por el Consejo de Estado el pasado 3 de febrero. Así, el texto modificado quedaría del siguiente modo:
«Artículo 493: Será punible con una pena de prisión de entre tres meses a seis años y una multa de entre 251€ a 50.000 €, el abuso fraudulento del estado de ignorancia o debilidad sobre un menor o una persona con especial vulnerabilidad, ya fuere debido a su edad, enfermedad o discapacidad física o mental, aparente o conocida por el autor, o bien, sobre personas que han quedado en un estado de sometimiento psicológico o físico resultante del ejercicio de presiones graves o reiteradas o por el empleo de técnicas orientadas a alterar el juicio, para conducir a ese menor o a esa persona vulnerable a un acto, o a una omisión que termina resultando perjudicial. Cuando la infracción fuese cometida por el responsable de hecho o de derecho de un grupo que desarrollara actividades orientadas a crear, mantener o explotar el estado de sujeción psicológica o física de las personas que participan en sus actividades, entonces las penas aumentarían a cinco años de prisión y una multa de 250. 000€».
El texto definitivo se ha acompañado también de algunas modificaciones en lo tocante a la explotación sexual de los menores de edad o la misma incitación a la prostitución por parte de personas u organizaciones, tipificándose penas de prisión firmes para aquellos que promuevan actividades que condujeran a la explotación sexual de los menores de edad.
Estas dos nuevas modificaciones del Código Penal permitirían así incidir penalmente sobre aquellas personas o grupos que de un modo u otro promovieran prácticas tendentes al abuso de la debilidad, como justamente aquellas que es posible observar entre las sectas.