El Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitió sentencia favorable a tres grupos que habían demandado a Francia por «violación de la libertad de pensamiento y religiosa». Los grupos que promovieron la demanda ante el Tribunal Europeo fueron la Asociación de Caballeros Loto de Oro, la Asociación Cultural Templo Pirámide y la Iglesia Evangélica Misionera Salaûn (estos dos últimos, disueltos oficialmente en 1995).
Los jueces de Estrasburgo invalidaron los procesos fiscales que se habían incoado en contra de estos tres grupos, de tal modo que han condenado a Francia por «perjuicios materiales», resultando de ello que deberán abonar la cantidad de 3.599.551€ a la Asociación Cultural Templo Pirámide (Mandarom), 387.722€ a la Iglesia Evangélica Misionera de Salaûn y 36.886€ a la Asociación de los Caballeros Loto de Oro.
La demanda fue interpuesta en 1997 acogiéndose al Artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que viene a garantizar que «toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión».
Las partes dispondrán ahora de tres meses para presentar sus recursos ante la Gran Sala del Tribunal Europeo.